D. JUAN
ESCALA MILA, Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Gavà.
De conformidad con lo dispuesto por
el Ministerio de la Gobernación y en uso de las atribuciones que me confieren
el ejercicio de mi cargo,
HAGO
SABER: Que a fin de proteger las más elementales normas de pudor y de decencia
queda prohibido en todo caso:
1º- El
uso de prendas de baño que resulten indecorosas así como cualquier
manifestación de desnudismo o de incorrección que pugne con la honestidad y
buen gusto tradicionales entre los españoles.
2º - La
permanencia en Clubs, Bares, Restaurantes y establecimientos análogos en traje
de baño.
3º - El
desnudarse o vestirse en la playa, fuera de caseta cerrada.
Los
infractores serán sancionados debidamente por los Agentes de mi Autoridad.
Lo que
se hace público para su cumplimiento.
Gavà, a
15 de junio de 1958
El
Alcalde,
JUAN
ESCALA MILÁ
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